• las cantidades que se ejecutan se pueden desglosar en los siguientes conceptos

    El deudor, tanto si reconoce la deuda como si se opone o no contesta, deberá hacer frente a los siguientes gastos:

    - Gastos en los que el acreedor incurre para notificar al deudor, por medio de faxes, burofaxes, etc..

    -  Deberá pagar las costas y honoriarios de abogado y procurador que hayan utilizado al haber propiciado el inicio de la fase ejecutiva judicial.

    - Los intereses de demora o lo que es lo mismo el interés legal del dinero más un 2% adicional, desde que se determine la ejecución.

     

     

     

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