las cantidades que se ejecutan se pueden desglosar en los siguientes conceptos
El deudor, tanto si reconoce la deuda como si se opone o no contesta, deberá hacer frente a los siguientes gastos:
- Gastos en los que el acreedor incurre para notificar al deudor, por medio de faxes, burofaxes, etc..
- Deberá pagar las costas y honoriarios de abogado y procurador que hayan utilizado al haber propiciado el inicio de la fase ejecutiva judicial.
- Los intereses de demora o lo que es lo mismo el interés legal del dinero más un 2% adicional, desde que se determine la ejecución.