• ¿Qué Documentos hay que Aportar a la Demanda de Monitorio?

    Conforme a la Ley de Enjuiciamiento Civil, son los siguientes:

    Cualquier Documento que aparezca firmado por el Deudor o con su sello o cualquier otra señal, física o electrónica, proveniente del Deudor.

    Las Facturas, Albaranes de entrega, Certificaciones, Telegramas, Telefax o cualquier otro documento que, aún unilateralmente creados por    el acreedor, sean de los que habitualmente documentan los créditos y deudas.

    Estos documentos no tienen carácter cerrado, pudiendo incluirse cualquier otro siempre que esté de acuerdo con los usos civiles y mercantiles y que suponga un indicio probable de existencia de la deuda.

     

     

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