• ¿Cómo se inicia el Procedimiento Monitorio?

    El proceso se inicia con un escrito de petición inicial dirigido al Juzgado competente; en el escrito se identificará al deudor, el domicilio del acreedor y del deudor y el origen y cuantía de la deuda, acompañándose el documento o documentos en que el acreedor fundamente su derecho. De todo escrito y documento que se presente al Juzgado deberá acompañarse el original para el Juzgado y dos copias, de las cuales, de una de ellas se dará traslado al deudor y la otra quedará en poder del acreedor, previamente sellada en el Juzgado.

    No es preciso valerse de Abogado ni Procurador para presentar la petición inicial; más adelante se indicará cuando han de intervenir en el proceso. 

    A esta petición se acompañará necesariamente el documento o documentos que den origen al Proceso Monitorio; recordemos que son los siguientes:

    Los documentos firmados por el Deudor o con su sello.

    Las facturas, albaranes de entrega, telegramas o documentos que documenten la deuda.

    Cualquier otro documento que acredite una relación comercial duradera entre Acreedor y Deudor.

     

     

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